Seremi del Trabajo y Previsión Social informó sobre dictamen por extensión de vacaciones de invierno que permite el teletrabajo para el cuidado de niños y de personas con discapacidad

teletrabajo-vacaciones-de-invierno-768x432De acuerdo al artículo 206 bis del Código del Trabajo, la medida rige ante un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública o alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia.

El Decreto 31 del Ministerio de Salud, de marzo de este año, extendió hasta el 30 de septiembre la alerta sanitaria por Covid-19.

Según lo informado este jueves por la Seremi del Trabajo y Previsión Social Claudia Tapia, la Dirección del Trabajo (DT) emitió ayer miércoles el Dictamen 1050-18 que establece que, ante la anticipación y extensión de las vacaciones de invierno anunciada en la víspera por los ministerios de Salud y Educación, así como de la vigencia de una alerta sanitaria, corresponde la aplicación del artículo 206 bis del Código del Trabajo.

La representante explicó que “Dicha norma dispone que, ante una declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública o de una alerta sanitaria por epidemia o pandemia, los empleadores deberán ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo a los trabajadores que tengan a su cargo el cuidado de infantes en edad preescolar, de niños de hasta 12 años y de personas con discapacidad”.

“Esta norma dispone que en el contexto antes indicado, los empleadores deberán ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo a los trabajadores en tres casos: primero, cuando están a cargo del cuidado personal de al menos un niño o niña en etapa preescolar; segundo, cuando deben hacaerse cargo de niños o niñas menores de 12 años, y por último, el dictamen también aplica si el trabajador o trabajadora tiene a su cargo el cuidado de personas con discapacidad. En cualquiera de estos escenarios puede implementarse la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permita y sin reducción de remuneraciones. Además, es importante mencionar que si ambos padres son trabajadores y tienen el cuidado personal de un niño o niña, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de esta prerrogativa”, aseguró la Seremi.

Como antecedentes para el dictamen de la DT (cabe considerar que, debido al alza de la circulación de virus respiratorios como el sincicial, que afecta principalmente a niños menores de 4 años, además de un aumento en las hospitalizaciones por Covid-19, ayer martes la ministra de Salud, María Begoña Yarza, junto al titular de Educación, Marco Antonio Ávila, anunciaron que en las 14 regiones del país comprendidas desde Arica y Parinacota hasta Los Lagos, incluyendo la Metropolitana, se decidió extender y adelantar en una semana las vacaciones de invierno de los escolares de recintos tanto públicos como privados. Este receso iniciará el próximo 30 de junio y se extenderá hasta el 24 de julio.

Además, mediante el Decreto 31, de marzo de este año, el Ministerio de Salud extendió hasta septiembre próximo la vigencia de la alerta sanitaria debido a la pandemia generada por el virus Sars COV-2 y la enfermedad que provoca, Covid-19.

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